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optica@biol.unlp.edu.ar

http://www.biol.unlp.edu.ar/optica
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ALCANCES
DEL TITULO de OPTICO |
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1
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Ejercer
en forma exclusiva la dirección técnica ó ejercer la
profesión en: ópticas Privadas, talleres de tallado o moldeado
de superficies ópticas, fábricas de armazones o monturas para
anteojos, ópticas de Establecimientos Asistenciales públicos,
privados y de fuerzas armadas, laboratorios o Plantas
Industriales que realicen: desarrollo, producción, control de
calidad, fraccionamiento, almacenamiento, distribución,
importación, exportación de productos ópticos, entre otros:
cristales oftálmicos, o de alta precisión , armazones para
anteojos, lentes intraoculares, instrumental o aparatos en los
que esté involucrado algún sistema óptico y todos aquellos
que se relaciones con la visión. |
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2
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Establecer
las especificaciones técnicas, y de seguridad que deben reunir
los anteojos protectores. |
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3
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Participar
en la realización de estudios, consultas, asesoramientos,
auditorías, pericias judiciales e interpretaciones en problemas
de su competencia, en Organismos Oficiales o Privados Nacionales
e Internacionales. |
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4
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Intervenir
en el establecimiento de normas, patrones de tipificación y
aforo para materias primas con el exterior, que tengan relación
con la óptica. |
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5
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Asesorar
a la población y demás integrantes de la salud sobre: el uso
de anteojos, protección de los ojos, prevención de las
enfermedades infectocontagiosas, ejercicio de la docencia e
investigación científica. |
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ALCANCES
DEL TITULO DE CONTACTOLOGO |
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1 |
Todas
las incumbencias del Optico. |
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2
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Ejercer
en forma exclusiva la dirección técnica de ópticas con
gabinete de contactología o gabinetes de contactología. |
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3
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Ejercer
todas las incumbencias del Óptico extensivas al lente de
contacto. |
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4
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Podrán
resolver por métodos físicos marchas de rayos a través de
cualquier sistema óptico y seleccionar sistemas de
amplificación para visión subnormal. |
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ALCANCES
DEL TITULO DE OPTOMETRA |
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1 |
Todas
las incumbencias del Contactólogo. |
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2
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La
detección y seguimiento de los errores refractivos y aquellos
derivados de las malas costumbres que afecten al sistema visual,
mediante la utilización de medios ópticos correctores como
anteojo, lentes de contacto, anteojos para baja visión y emitir
las correspondientes fórmulas optométricas. |
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3
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Detección
y seguimiento de problemas relativos a anomalías oculomotoras y
sensoriales, problemas relativos a la visión binocular,
acomodación y convergencia. |
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4
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Detección
y seguimiento de problemas de aquellos problemas relativos a la
conducta perceptual y al aprendizaje. |
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5
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Detección
y seguimiento de aquellos problemas visuales, no patológicos,
que tienen alta prevalencia, significativos índices de
morbilidad y/o evidencias sintomáticas, para los cuales existan
métodos de detección temprana a fin de posibilitar
tratamientos exitosos. |
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6
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La
derivación al médico oftalmólogo o al profesional
especializado al efecto, a los pacientes a quienes se le
detecten procesos patológicos y/o presión ocular que requieran
tratamiento médico. |
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7
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Dirigir
ejercicios de reeducación visual en Ortóptica y Pleóptica. |
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